Elecciones 2025: comenzó la veda, qué está prohibido y cuáles son las sanciones

Desde las 8 de la mañana de este viernes comenzó a regir en la Argentina la veda electoral previa a los comicios legislativos del domingo 26 de octubre. La medida se mantendrá vigente hasta las 21 del mismo día, tres horas después del cierre de la votación.
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Durante este período, se suspenden todas las actividades políticas, publicitarias o proselitistas que puedan incidir en la decisión del electorado. El objetivo es ofrecer a los ciudadanos un tiempo de reflexión previo al acto electoral, sin presiones externas ni mensajes de campaña.

La veda, regulada por el artículo 71 del Código Electoral Nacional, tiene una duración de 48 horas y busca preservar la transparencia y la equidad del proceso electoral. En ese lapso, se prohíbe la realización de actos públicos de campaña, la difusión de encuestas o sondeos, y las reuniones de electores durante la jornada de votación.

También se restringen los espectáculos públicos, deportivos y culturales —ya sean en espacios abiertos o cerrados— y la venta de bebidas alcohólicas desde las 20 horas del sábado hasta tres horas después del cierre de los comicios. Asimismo, está prohibido portar armas, banderas o insignias partidarias desde 12 horas antes de la apertura de las urnas y hasta tres horas después del cierre, al igual que tomar fotografías o filmar las boletas dentro del cuarto oscuro.

En cambio, sí se permite el desarrollo de actividades privadas sin contenido político y el funcionamiento habitual de comercios no relacionados con eventos o campañas electorales.

El incumplimiento de la veda puede derivar en sanciones tanto penales como económicas. El Código Electoral contempla penas que van desde 15 días hasta 6 meses de prisión para quienes vendan bebidas alcohólicas o realicen espectáculos públicos durante el horario restringido. A su vez, establece de 2 meses a 2 años de prisión para quienes intenten inducir el voto o la abstención mediante engaños, y hasta 3 años para quienes violen el secreto del sufragio.

En paralelo, los medios de comunicación, partidos políticos o ciudadanos que difundan encuestas o propaganda fuera de plazo pueden recibir multas que van de $10.000 a $100.000.

Si bien la legislación no contempla restricciones específicas para plataformas digitales, la Justicia Electoral puede intervenir ante publicaciones o contenidos que promuevan el voto o divulguen sondeos durante la veda, por considerarse contrarios al espíritu de la norma.

El período de silencio electoral busca garantizar que todos los votantes puedan emitir su voto de manera libre y consciente, sin interferencias de campañas o mensajes partidarios. Por eso, se exige a los partidos suspender toda actividad proselitista y a la ciudadanía mantener el respeto por la jornada democrática.

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