El Ministerio Público Fiscal (MPF) de la provincia de Córdoba ha dictado una medida cautelar de gran impacto para la zona sur de la capital, ordenando el cese inmediato de las fumigaciones con agroquímicos en las inmediaciones del Barrio Universitario de Horizonte III. La resolución, informada este lunes, se enmarca dentro de una investigación penal en curso y responde a la necesidad de prevenir posibles afectaciones al ambiente y, fundamentalmente, a la salud de los vecinos que residen en el área.
La decisión provino de la Fiscalía de Instrucción de Distrito 2 Turno 3, dirigida por el fiscal Luis Micheli. Esta instancia judicial dispuso la medida cautelar precautoria ante el evidente riesgo ambiental que podría derivarse de la aplicación de estos productos en campos linderos al mencionado barrio. La investigación penal se originó a partir de una serie de denuncias presentadas por la comunidad, relacionadas con el uso de agroquímicos y sus posibles consecuencias perjudiciales.
Específicamente, la orden judicial impone una restricción muy clara y delimitada: el cese total de cualquier tipo de fumigación con agroquímicos en una franja de quinientos metros (500m), contados desde la línea de edificación del Barrio Universitario de Horizonte III hacia el interior de los campos colindantes. Este radio de exclusión es vital para crear una barrera protectora entre la zona residencial y la actividad agrícola que utiliza estos químicos.
Es crucial entender que la medida tiene un carácter estrictamente cautelar y precautorio. Su objetivo principal no es dictaminar una sentencia definitiva, sino evitar que el posible daño ambiental o a la salud se agrave mientras la Fiscalía avanza con las actuaciones procesales y reúne toda la información y evidencia necesaria para esclarecer los hechos. Este período de investigación es fundamental para evaluar las eventuales responsabilidades penales que pudieran surgir del uso presuntamente irregular de los agroquímicos.
La fundamentación de esta orden se basa en la aplicación del principio precautorio, un pilar de la normativa ambiental tanto a nivel nacional como provincial. Este principio establece que, ante la amenaza de un daño grave o irreversible, la falta de certeza científica absoluta no debe utilizarse como razón para postergar la adopción de medidas eficaces destinadas a impedir la degradación del medio ambiente. Además, la Fiscalía ejerce sus facultades amparada en el artículo 302 del Código Procesal Penal de la Provincia de Córdoba.
Mientras la medida cautelar se implementa para frenar el riesgo inmediato, la Fiscalía Micheli continuará con la investigación penal de fondo para determinar quiénes son los responsables de la supuesta aplicación irregular de los agroquímicos. Para garantizar el cumplimiento efectivo de la orden de cese, se ha dispuesto que las tareas de control y fiscalización recaigan sobre dos organismos claves de la órbita provincial: el Ministerio de Bioagroindustria y la Policía Ambiental, cada uno actuando dentro de su área de competencia.
Finalmente, es importante destacar que esta investigación cuenta con el apoyo especializado de la Oficina de Cuestiones Ambientales y Derecho Animal de la Fiscalía General Adjunta, bajo la dirección de Alejandro Pérez Moreno. La coadyuvancia de esta oficina está brindando aportes teóricos y prácticos desde el inicio de las actuaciones, lo que contribuye a fortalecer el abordaje especializado y técnico que este tipo de casos de alta complejidad ambiental requieren. La comunidad de Horizonte III, a través de esta decisión del MPF, encuentra una respuesta concreta a sus reclamos y una salvaguarda temporal a su derecho a un ambiente sano.

