Córdoba definió asueto por las fiestas y receso administrativo para enero de 2026

El Gobierno provincial estableció asueto los días 24 y 31 de diciembre y receso administrativo del 2 al 30 de enero de 2026, garantizando la continuidad de los servicios esenciales.
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El Gobierno de la Provincia de Córdoba definió el esquema de funcionamiento de la Administración Pública Provincial para las fiestas de fin de año y el mes de enero de 2026. La decisión quedó formalizada a través de resoluciones de la Secretaría General de la Gobernación publicadas este martes en el Boletín Oficial, donde se detallan los alcances del asueto administrativo de diciembre y el receso previsto para el primer mes del próximo año.

Según se establece en ambas normas, las disposiciones adoptadas no deberán afectar en ningún caso la atención de las funciones críticas del Estado. En ese sentido, se faculta a los responsables de cada organismo y jurisdicción a disponer el personal necesario para garantizar la continuidad de los servicios durante los períodos alcanzados por las medidas.

En relación con las fiestas de fin de año, la Resolución N.° 1024 declaró asueto administrativo para toda la Administración Pública Provincial los días 24 y 31 de diciembre de 2025. La medida se fundamenta en la proximidad de las celebraciones de Navidad y Año Nuevo y en su tradicional relevancia social y familiar, una práctica que suele repetirse en distintos niveles del Estado.

No obstante, el texto aclara que el asueto no alcanza a las entidades bancarias ni financieras. Además, cada jurisdicción deberá adoptar las medidas necesarias para preservar las guardias mínimas y asegurar la prestación de los servicios esenciales, especialmente en áreas sensibles como salud, seguridad, asistencia social y servicios públicos indispensables.

Por otra parte, mediante la Resolución N.° 1023, el Ejecutivo provincial dispuso el receso administrativo para la Administración Pública Provincial centralizada y descentralizada entre el 2 y el 30 de enero de 2026. Durante ese período, se declaran inhábiles los plazos administrativos, lo que implica la suspensión del cómputo de términos para trámites y actuaciones, salvo en aquellos casos expresamente exceptuados por su carácter urgente o esencial.

Desde el Gobierno señalaron que la medida tiene como objetivo contribuir a una mejor organización de los recursos humanos, promover la racionalización del gasto público y facilitar las tareas de planificación administrativa y operativa. Al mismo tiempo, se remarcó que el receso no debe traducirse en una interrupción de las funciones básicas del Estado.

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