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Córdoba amplió la protección a trabajadores de salud y educación con una modificación al Código de Convivencia

Se introdujeron modificaciones al Código de Convivencia Ciudadana, en el sentido de ampliar la protección de los trabajadores de la salud y la educación que se desempeñan en los sectores público y privado en el ámbito provincial.

El Código de Convivencia (Ley 10.326) así modificado sanciona a quienes profieran “gritos, insultos, exhiban o hicieren exhibir carteles, imágenes o escritos que tengan contenido discriminatorio o realicen señas o ademanes capaces de turbar, intimidar, menoscabar psicológicamente o inferir agravio a la investidura, condición sexual, buen nombre u honor”, tanto de los médicos o integrantes de los equipos de salud como del personal docente o no docente, sean o no profesionales.

Las penas consisten en días de trabajo comunitario, multas económicas y hasta días de arresto, siempre que las agresiones estén motivadas “en razón del ejercicio de la actividad, profesión, función o cargo” de los trabajadores, ya sea que las agresiones tengan lugar dentro de los establecimientos sanitarios y educativos o fuera de ellos.