La resolución judicial fue dictada este lunes y hace lugar a una acción de amparo presentada por la damnificada, con patrocinio del estudio Gentile Saravia. El fallo cuestiona la implementación de la Ley 11.087 de Equidad Jubilatoria y, particularmente, la reglamentación impulsada por el Ministerio de Economía de Córdoba.
Según determinó la Cámara, la normativa reglamentaria avanzó más allá de lo establecido por la ley al trasladar a jubiladas y jubilados el incremento de aportes previsionales previsto originalmente para trabajadores activos.
De acuerdo a lo informado por Perfil, las vocales María Eugenia Acuña de Maldonado y María Martha del Pilar Angeloz de Lerda señalaron que el Poder Ejecutivo excedió los límites de sus atribuciones, debido a que la legislación previsional distingue claramente entre los aportes personales de quienes están en actividad y los beneficios que perciben las personas jubiladas, los cuales cuentan con protección constitucional.
En la misma línea, Comercio y Justicia indicó que la Cámara declaró inconstitucional la Resolución 496 del Ministerio de Economía provincial. Para el tribunal, la disposición modificó por vía reglamentaria el alcance de la Ley de Equidad Jubilatoria al extender el aumento de aportes también a los haberes previsionales.
Aunque la sentencia sólo alcanza a la jubilada que impulsó la demanda, el fallo representa un antecedente importante por tratarse de la primera resolución judicial adversa a la Ley de Emergencia Previsional aprobada por la Legislatura provincial.
La normativa había sido promovida por el Ejecutivo cordobés con el objetivo de reducir el déficit de la Caja de Jubilaciones, en un contexto atravesado por el reclamo de la Provincia por la deuda previsional que mantiene la Nación.

