El gobierno extendió la prohibición de corte de servicios hasta fin de mes

Debido a la extensión de la cuarentena, con el decreto 426/2020, se dispuso desde Nación que las empresas prestadoras de los servicios de energía eléctrica, gas por redes y agua corriente, telefonía fija o móvil e Internet y TV por cable, por vínculo radioeléctrico o satelital no podrán suspender los servicios.

Se sostendrán «en caso de mora o falta de pago de hasta tres facturas consecutivas o alternas y cuyos vencimientos hubieran operado a partir del primero de marzo de 2020».

Dentro de esta medida, las líneas prepagas recibirán un servicio reducido para aquellos clientes que no carguen crédito en sus celulares, al igual que los Servicios de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones.

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