Con un contundente resultado de 63 votos afirmativos y 7 negativos, sin abstenciones, la Cámara de Senadores de la Nación le dio la ratificación definitiva a la Ley de Emergencia en Discapacidad, dejando sin efecto el veto impuesto por el presidente Javier Milei, quien había argumentado que la iniciativa representaba un ataque al “equilibrio fiscal”. La ley ya había obtenido previamente los dos tercios de votos positivos en la Cámara de Diputados, lo que anticipaba el escenario de un rechazo histórico al veto presidencial.
Se trata de un hecho inédito en la institucionalidad argentina, ya que hacía 22 años que el Parlamento no lograba revertir un veto. La última vez que el Congreso insistió con la sanción de una norma había sido en abril de 2003, lo que subraya la trascendencia política de esta decisión. En este caso, la defensa de los derechos de las personas con discapacidad y de las prestaciones que garantizan su acceso a una vida digna terminó imponiéndose a las objeciones fiscales del Ejecutivo.
La sesión en el Senado se dio en un marco de movilización y protesta en distintos puntos del país. Durante las horas previas, se realizaron clases públicas, manifestaciones y un paro de 24 horas impulsado por personas con discapacidad, sus familias, instituciones, transportistas y prestadores del sistema. La presión social fue determinante para visibilizar la necesidad de esta ley y el impacto que tendría en miles de personas.
Desde el colectivo de la discapacidad se reiteró en diversas oportunidades que la norma no resuelve todos los problemas estructurales que atraviesa el sector, pero sí garantiza un piso mínimo indispensable para sostener el Sistema de Prestaciones Básicas en Habilitación y Rehabilitación Integral, creado por la Ley 24.901 de 1997. De este modo, la sanción definitiva busca asegurar el financiamiento y la continuidad de derechos que, en la práctica, se venían viendo vulnerados por falta de recursos y demoras en los pagos.
El debate en la Cámara Alta dejó también expuestas las posiciones de los senadores cordobeses. Carmen Álvarez Rivero, representante del PRO y alineada con La Libertad Avanza, fue una de las voces en contra. Argumentó que la ley era innecesaria porque “ya existe un marco legal” y sostuvo que solo había servido para “dilatar la búsqueda de soluciones en los últimos meses”. Con un tono irónico, incluso se preguntó si este proceso no formaba parte de un plan para “desestabilizar al Gobierno”.
En contraste, el senador Luis Juez votó afirmativamente. Más allá de sus alineamientos políticos recientes con la fuerza libertaria, remarcó que su decisión se fundaba en una cuestión personal y social. Recordó a su hija con discapacidad y agradeció el acompañamiento de todos los bloques más allá de las diferencias ideológicas, en nombre de las familias, los asistentes terapéuticos y los trabajadores del sector.
La tercera representante cordobesa, Alejandra Vigo, también acompañó la norma. En su intervención, destacó que el Estado tiene la obligación de asegurar la autonomía de las personas con discapacidad y garantizar condiciones de igualdad ante la ley. Para Vigo, la ratificación de esta ley es un paso fundamental para construir una sociedad más justa e inclusiva.
En cuanto a los aspectos centrales de la norma, la Ley de Emergencia en Discapacidad establece un financiamiento adecuado y sostenible para las pensiones no contributivas, así como la regularización de deudas tributarias y de seguridad social de los prestadores. Esta última incluye condonación de intereses, refinanciación de pagos y beneficios fiscales que buscan aliviar la situación de las instituciones que sostienen el sistema.
Además, contempla la actualización mensual del valor de los aranceles del Sistema de Prestaciones Básicas de Atención Integral, lo que garantiza que los profesionales y prestadores puedan continuar brindando servicios sin quedar rezagados por la inflación. También prevé el financiamiento de la Agencia Nacional de Discapacidad (Andis), con el fin de que pueda desarrollar de manera efectiva los programas a su cargo.
Otro punto clave es el cumplimiento de la Ley 26.816 de Empleo Protegido, que obliga al Estado a actualizar la asignación mensual de acuerdo con el Salario Mínimo, Vital y Móvil. Este aspecto resulta fundamental para mejorar las oportunidades laborales de las personas con discapacidad, uno de los sectores con mayores índices de exclusión en el mercado de trabajo.