La Cámara Nacional Electoral informó que 17.076 personas privados/as de la libertad (PPL) sufragaron en las elecciones primarias abiertas simultáneas y obligatorias (PASO). Esto representó un 27,35% de la cantidad de PPL empadronadas en todo el país, teniendo en cuenta los 62.437 que se encontraban en el padrón electoral. A diferencia de las elecciones por fuera del encierro, el voto no es obligatorio para las personas privadas de la libertad habilitadas para sufragar.
Cabe destacar que solo las personas procesadas con prisión preventiva pueden votar, no así las condenadas, a pesar de haber sido declarada inconstitucional esta restricción en 2016 por la Cámara Nacional Electoral. “Actualmente, solo pueden votar los procesados en Argentina”, afirmó Ariel Cejas Meliare, procurador penitenciario adjunto interino, en comunicación con El Auditor.info.
“el único derecho que pierde una persona que se encuentra en contexto de encierro es la libertad ambulatoria”
En 2016, la Cámara Nacional Electoral declaró inconstitucional la prohibición de voto para las personas condenadas.
Las elecciones que se realizan en las cárceles se llevan a cabo, generalmente, en el sector educativo o en la escuela de la unidad con fiscales que suelen ser funcionarios de educación de los establecimientos.
Con respecto al momento de elegir candidatos o candidatas, el funcionario aclaró que no importa el lugar físico dónde se encuentre la penitenciaria o unidad, el votante escoge en referencia al lugar donde figura su domicilio legal. “Si uno está en Santa Fe, pero nació en CABA, se le entrega la boleta única de CABA para que pueda marcar con una cruz quienes son los candidatos elegidos”, ejemplificó Cejas
“Se espera que todas las personas privadas de la libertad puedan acceder al derecho a sufragar. Esto no es algo solamente de Argentina, se ve en muchos países”, agregó el procurador