La decisión marca el cierre administrativo de un proceso que se había iniciado en 2025, cuando el organismo ya había dispuesto la inhibición de las actividades productivas de las firmas y la prohibición del uso, la distribución y la comercialización de todos los productos registrados a nombre de HLB Pharma Group S.A.
Según se detalla en los considerandos, la resolución se sustenta en distintos antecedentes regulatorios, inspecciones realizadas y una serie de irregularidades críticas detectadas en ambas empresas. A esto se suman elementos incorporados en el expediente judicial federal FLP 17371/2025.
Además, la Anmat advirtió que las compañías no cuentan actualmente con un director técnico responsable y que tampoco presentaron un plan para revertir las inhibiciones vigentes ni apelaron la disposición 3158/2025.
En su artículo 1°, la norma establece la baja de las habilitaciones de ambas firmas, «sin perjuicio de la inhibición de las actividades productivas» que ya había sido determinada el año pasado. Por otra parte, el artículo 2° dispone la reinscripción automática de los certificados de los productos al momento de su vencimiento, en cumplimiento de una orden judicial. De este modo, dichos certificados no fueron eliminados, sino que se mantienen como activos vinculados a la causa penal en curso.
La Anmat indicó también que la medida será comunicada a las autoridades sanitarias provinciales, a la Ciudad de Buenos Aires y al Instituto Nacional de Medicamentos.
Cabe recordar que la inhibición original había sido dictada en mayo de 2025, tras detectarse incumplimientos normativos, desvíos de calidad y fallas graves en las buenas prácticas de fabricación, tanto en productos de HLB Pharma como en la planta de Laboratorios Ramallo.

