La Corte Suprema de Justicia dejó sin efecto este martes la decisión de la Cámara Federal de La Plata que había frenado la derogación de la Ley de Tierras Rurales, impulsada por el Gobierno de Javier Milei a través del artículo 154 del DNU 70/2023. El fallo se originó en una presentación realizada por el Centro de Ex Combatientes Islas Malvinas (CECIM) de La Plata, que había cuestionado la derogación de la Ley 26.737 por considerar que afectaba la soberanía nacional y la integridad territorial.
La Corte sostuvo que el CECIM no tenía la legitimación necesaria para impulsar una acción colectiva, ya que consideró que la soberanía territorial es un elemento constitutivo del Estado y que las competencias estatales vinculadas a ella no pueden ser consideradas un “bien colectivo” en los términos planteados por la organización.
De esta manera, el máximo tribunal revocó el fallo que mantenía vigente la Ley de Tierras Rurales y volvió a dejar operativo el artículo 154 del DNU 70/2023, que había derogado esa normativa y eliminado sus límites a la propiedad y posesión de tierras rurales por parte de extranjeros.
Sin embargo, la Corte aclaró que su decisión se limita a la falta de legitimación del CECIM y a la inexistencia de un caso judicial que pudiera ser analizado en esa instancia. Por lo tanto, el tribunal no emitió un pronunciamiento sobre la constitucionalidad o inconstitucionalidad del artículo 154 del DNU.
La decisión deja nuevamente vigente la derogación de la Ley de Tierras Rurales mientras continúa el debate político y judicial sobre el alcance de las medidas adoptadas por el Gobierno nacional.

