El Gobierno amplió las actividades y servicios esenciales en la emergencia sanitaria mediante el decreto 450/2020 publicado este viernes en el Boletín Oficial.
Con esta medida buscan lograr una reactivación económica, dada la caída desde el inicio del aislamiento preventivo, social y obligatorio.
A través de la decisión administrativa 450/2020 publicada este viernes en el Boletín Oficial el gobierno amplió la lista de actividades esenciales, algo que se especulaba con que sucediera cuando se prorrogó la cuarentena.
El siguiente es el listado de actividades y servicios declarados esenciales en la emergencia:
1. Venta de insumos y materiales de la construcción provistos por corralones.
2. Actividades vinculadas con la producción, distribución y comercialización forestal y minera.
3. Curtiembres, aserraderos y fábricas de productos de madera, fábricas de colchones y fábricas de maquinaria vial y agrícola.
4. Actividades vinculadas con el comercio exterior: exportaciones de productos ya elaborados e importaciones esenciales para el funcionamiento de la economía.
5. Exploración, prospección, producción, transformación y comercialización de combustible nuclear.
6. Servicios esenciales de mantenimiento y fumigación.
7. Mutuales y cooperativas de crédito, mediante guardias mínimas de atención, al solo efecto de garantizar el funcionamiento del sistema de créditos y/o de pagos.
8. Inscripción, identificación y documentación de personas.
Además, se aclara que ya estaban dentro de las actividades esenciales «personas afectadas a las actividades destinadas a la provisión de insumos necesarios para la realización de servicios funerarios, entierros y cremaciones».