La decisión judicial surge tras un pedido de la Asamblea Permanente por los Derechos Humanos (APDH), que reclamó la extensión nacional del fallo que restituye el beneficio del 100% en medicamentos esenciales. De este modo, quedan suspendidas las resoluciones que habían modificado las condiciones para obtenerlos, afectando a un listado de aproximadamente 40 fármacos.
Según el fallo, la medida se apoya en la “jurisprudencia de la Corte Suprema” que define “el alcance del derecho a la salud privilegiando siempre la protección de la salud pública”. En esa línea, el juzgado consideró que en contextos de crisis económica “debe reforzarse la protección de los derechos sociales”, motivo por el cual resolvió hacer extensiva la medida cautelar a todos los afiliados jubilados del país.
El texto judicial también advierte que las resoluciones del PAMI que habían sido impugnadas imponían a los beneficiarios condiciones “irrazonables y desproporcionadas”, al exigir nuevos criterios socioeconómicos y requisitos adicionales para acceder al beneficio.
Además, el fallo toma en cuenta las presentaciones realizadas por distintas organizaciones sociales, gremios y ONGs de todo el territorio nacional —entre ellas de Buenos Aires, Córdoba, Mendoza, Entre Ríos y Tucumán— que se sumaron al reclamo.
Finalmente, se aclara que la “medida cautelar no afectará los trámites ya iniciados y sustanciados por los beneficiarios en virtud de las resoluciones suspendidas, los cuales mantendrán plena validez”.
Con información de El Resaltador.

