Hoy junto al abogado Martin Simonian nos preguntamos ¿Qué sucede cuando un trabajador o trabajadora sufre un accidente o enfermedad que no está relacionado con su trabajo?
«En el sentido común de la gente, se entiende que si alguien tuvo un accidente o padece de una enfermedad que no está vinculada a las labores que desarrollan, entienden que no hay derecho indemnizatorio, pero hay tres situaciones que pueden ocurrir»
Si una persona tiene un accidente jugando al fútbol el sábado y por el tipo de lesión queda rengo. Resulta que esa persona era chofer de ómnibus y con la renguera no puede manejar el colectivo», pone de ejemplo el abogado.
- «Si no puede manejar el colectivo, la empresa debe darle otro lugar de trabajo a ese trabajador. Por ejemplo, atención telefónica en la empresa; todo percibiendo el mismo salario», agrega.
- Si por la naturaleza del trabajo no hay otro puesto, se termina la relación laboral con indemnización al 50% de lo que debería haber sido un despido común y corriente.
- Si tiene un lugar para darle, pero no es el deseo del jefe hacerlo; el despido y la indeminzación en ese caso es del 100%.
- Hay una tercera situación en la cual si el grado de accidente o enfermedad es incapacidad absoluta, se indemniza con el 100% de las leyes laborales.
SI TENES DUDAS QUE NECESITEN UNA EXPLICACIÓN MÁS AMPLIA PODÉS MANDAR TU MAIL A: INFO@SIMONIANABOGADOS.COM.AR