Del 16 al 22 de mayo es la Semana Mundial del Parto Respetado. El lema elegido para este año es “El respeto por las necesidades de la madre y su bebé en cualquier situación”, y busca promover la importancia de contemplar en las medidas de cuidado para Covid-19 los derechos de las personas gestantes y sus bebés.
En adhesión,la Dirección de Maternidad e Infancia del Ministerio de Salud invita a los equipos de los distintos servicios de perinatología de los hospitales a generar actividades de reflexión, capacitación y difusión, que involucren al equipo de salud y a la comunidad, las que podrán compartirse en un encuentro virtual de referentes en la temática, que se realizará el día viernes 21 de mayo.
El parto respetado es una modalidad de atención caracterizada por el respeto a los derechos de las personas gestantes y sus hijos e hijas en el momento del nacimiento y en donde la mamá, su bebé y sus vínculos afectivos son los verdaderos protagonistas.
En el marco de la contingencia por Covid-19, los servicios de perinatología, como todas las áreas de salud, han tenido que readaptarse a las nuevas condiciones sanitarias para poder garantizar la atención adecuada y cuidada para prevenir la transmisión del coronavirus.
En este sentido, Marcela Yanover, directora de Maternidad e Infancia expresó: “Si bien el actual contexto representa un gran desafío para las maternidades, es importante no volver atrás con los avances en cuanto a los derechos alcanzados”. En relación a ello, puntualizóque “el equipo de salud no debe perder de vista el derecho a decidir de las personas gestantes y el significado, siempre que no haya condición de salud que lo impida, del contacto piel a piel entre el/la bebé y la mamá inmediatamente después del nacimiento.”
La especialista destacó además que para cumplir el derecho al parto respetado es esencial el acceso a la información, el compromiso, la empatía y cambios actitudinales de todo el equipo de salud.
El parto respetado en Argentina
En Argentina, desde el año 2004 existe la Ley Nacional 25.929 de Derechos de Padres e hijos al momento del nacimiento. En 2005, Córdoba adhirió a la Ley Nacional mediante la Ley 9.227. Asimismo, a partir de la sanción de la Ley Nacional 26.485, de protección y prevención de la violencia hacia las mujeres, la violación a los derechos emanados por la Ley Nacional 25.929, constituyen Violencia Obstétrica.
De acuerdo a la Ley Nacional, las personas gestantes tienen derecho:
- A ser informadas sobre las distintas intervenciones médicas que pueden tener lugar durante el parto y postparto, y participar activamente en las decisiones acerca de las alternativas distintas, si es que existen.
- A ser consideradas como personas sanas, de modo que se facilite su participación como protagonista de su propio parto.
- A un parto respetuoso de los tiempos biológicos y psicológicos, evitando prácticas invasivas y suministro de medicación que no estén justificados.
- A ser informadas sobre la evolución de su parto, el estado de su hijo o hija y, en general, a que se les haga partícipes de las diferentes actuaciones de los profesionales.
- A no ser sometidas a ningún examen o intervención cuyo propósito sea de investigación.
- A elegir quién las acompañe durante el trabajo de parto, parto y postparto.
- A tener a su lado a su hijo o hija durante la permanencia en el establecimiento sanitario, siempre que el recién nacido no requiera de cuidados especiales.
- A ser informadas, desde el embarazo, sobre los beneficios de la lactancia materna y recibir apoyo para amamantar.
- A recibir asesoramiento e información sobre los cuidados de sí misma y del bebé.
En tanto, toda persona recién nacida tiene derecho:
- A ser tratada en forma respetuosa y digna.
- A su inequívoca identificación.
- A no ser sometida a ningún examen o intervención cuyo propósito sea de investigación o docencia.
- A la internación conjunta con su madre en la sala.
- A que sus padres reciban adecuado asesoramiento e información sobre los cuidados para su crecimiento y desarrollo, así como de su plan de vacunación.
- Además, se promueven otras prácticas beneficiosas para el binomio madre-hijo como el “contacto piel a piel”, el corte tardío del cordón umbilical y la lactancia materna exclusiva, entre otras.
Canales de contacto:
Dirección de Jurisdicción de Maternidad e Infancia: Ayacucho 1643, ciudad de Córdoba
Teléfono: 0351-4344103/06
Correo electrónico: areaperinatologiadjmi@gmail.com