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Cambio de condiciones en el cobro de IFE

A través de la Resolución Nº 16/2020 publicada en el Boletín Oficial, el Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social estableció una serie de cambios para acceder al IFCalendario IFE Agosto completoE. Se modificarán el alcance y las condiciones para acceder al Ingreso Familiar de Emergencia.

Se aclaró que no serán beneficiadas con el nuevo IFE aquellas personas privadas de la libertad, bajo cualquier modalidad “por no reunir la calidad de destinatarios establecida en su artículo 2 °, como requisitos. El pago se retomó este marte sluego del feriado por el Aniversario de muerte de San Martín.

Los demás requisitos son:

  • Ser ciudadano/a argentino/a nativo/a, por opción o naturalizado/a, residente en el país, o extranjero/a con residencia legal en la República Argentina no inferior a DOS (2) años anteriores a la solicitud, es la principal condición.
  • Luego, se pide tener entre 18 y 65 años de edad.
  • No percibir el o la solicitante o algún miembro de su grupo familiar, si lo hubiera, ingresos por Trabajo en relación de dependencia registrado en el sector público o privado, a excepción del realizado en el marco del Régimen Especial de Contrato de Trabajo para el Personal de Casas Particulares.
  • No percibir el o la solicitante o algún miembro de su grupo familiar, si lo hubiera, ingresos por: Trabajo por cuenta propia como Monotributistas de categoría “C” o superiores y régimen de autónomo
  • No percibir el o la solicitante o algún miembro de su grupo familiar, si lo hubiera, ingresos por: Prestación por desempleo.
  • No percibir el o la solicitante o algún miembro de su grupo familiar, si lo hubiera, ingresos por: Jubilaciones, pensiones o retiros de carácter contributivo o no contributivo, sean nacionales, provinciales, municipales o de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.
  • No percibir el o la solicitante o algún miembro de su grupo familiar, si lo hubiera, ingresos por:Planes sociales, salario social complementario, Hacemos Futuro, Potenciar Trabajo u otros programas sociales nacionales, provinciales o municipales, a excepción de los ingresos provenientes del PROGRESAR.